Funciones

Según el artículo séptimo de los estatutos vigentes, las funciones de la Asociación son las siguientes:

  1. Velar por los derechos de los asociados, como tales y como afiliados a las entidades integrantes del Grupo Keralty o quien haga sus veces.
  2. Mantener canales de comunicación con los asociados que permitan conocer sus inquietudes y demandas para hacer propuestas ante la institución prestataria de servicios de salud o la empresa administradora de planes de beneficios respectiva.
  3. Informar de manera objetiva a las instancias que correspondan y a la respectiva empresa, si la calidad del servicio prestado no satisface las necesidades de los usuarios.
  4. Atender las quejas que los usuarios presenten sobre las deficiencias de los servicios y vigilar que se tomen los correctivos del caso.
  5. Proponer las medidas que mejoren la oportunidad, calidad técnica y humana de los servicios de salud y verificar su cumplimiento.
  6. Elegir democráticamente sus representantes ante las entidades que correspondan.
  7. Ejercer veedurías en las instituciones del sector, mediante sus representantes ante las empresas promotoras y/o ante las oficinas de atención a la comunidad.
  8. Participar en el proceso de designación del representante ante el Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud, conforme a lo dispuesto en las disposiciones legales sobre la materia.
  9. Representar a los Usuarios en espacios formales y no formales, en los cuales se tomen decisiones que afecten los servicios de salud.
  10. Darse sus Estatutos y reglamento interno y reformarlos con aprobación de la Asamblea
  11. Declarar disuelta la Asociación por las causales establecidas por la ley y por los estatutos.
  12. Propender y promover la vinculación permanente de usuarios a la Asociación para su crecimiento y fortalecimiento.
  13. Las demás que resulten de las normas legales, estatutarias y reglamentarias.

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