<p style="text-align: justify;"><span style="color: #000000; font-size: 12pt;"><img src="images/boletin/2017/octubre/entrega-medicamentos.jpg" alt="entrega medicamentos" width="308" height="231" style="margin: 15px; float: left;" />La respuesta: 48 horas. Así lo establece la resolución 1604 de 2013 del Ministerio de Salud, que señala este tiempo límite para que todas las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de todos los regímenes entreguen los medicamentos a los que tiene derecho el afiliado.</span></p><!-- [et_pb_line_break_holder] --><p style="text-align: justify;"><span style="color: #000000; font-size: 12pt;">La Resolución determina que los medicamentos pueden ser entregados “en el lugar de residencia o trabajo del afiliado cuando este lo autorice, como consecuencia de la entrega incompleta de los mismos al momento de la reclamación por parte del afiliado”. El plazo establecido de 48 horas comprende el tiempo trascurrido después de que el afiliado reclame los medicamentos.</span></p><!-- [et_pb_line_break_holder] --><p style="text-align: justify;"><span style="color: #000000; font-size: 12pt;">De acuerdo con el Ministerio de Salud, estas disposiciones buscan la entrega a tiempo de los medicamentos que requieren los pacientes para mejorar y mantener su salud por parte de las EPS e IPS de ambos regímenes.</span></p><!-- [et_pb_line_break_holder] --><p style="text-align: justify;"><span style="color: #000000; font-size: 12pt;">Las disposiciones de la resolución serán de obligatorio cumplimiento por parte de las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), su red de prestación de servicios y todas las instituciones del Sistema General de Seguridad Social en Salud, pertenecientes a regímenes exceptuados.</span></p><!-- [et_pb_line_break_holder] --><p style="text-align: justify;"><span style="color: #000000; font-size: 12pt;">En caso de que la EPS no entregue los medicamentos en un máximo de 48 horas, según lo estipula la norma, usted puede denunciar esta situación en la <span style="color: #333399;"><a href="https://www.supersalud.gov.co/es-co" target="_blank" style="color: #333399;">Superintendencia Nacional de Salud.</a></span></span></p><!-- [et_pb_line_break_holder] --><p style="text-align: justify;"><span style="color: #333399;"><a href="http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53191" target="_blank" style="color: #333399;"><span style="font-size: 12pt;">Conozca la resolución 1604 de 2013 aquí.</span></a></span></p>